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¿Cómo Realizar un Divorcio ante Notario en España?

Divorcio ante Notario

La Ley 15/2015 introdujo la posibilidad de solicitar la separación o el divorcio de mutuo acuerdo ante Notario, un proceso más ágil que tradicionalmente correspondía al Juez. En este artículo, abordaremos el divorcio ante notario y sus requisitos, destacando que Abogaclic ofrece servicios especializados en esta modalidad para quienes deseen una alternativa eficiente.

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Divorcio ante Notario: Una Alternativa Ágil

Es importante enfatizar que esta modalidad de divorcio rápido solo es viable cuando se trata de un divorcio de mutuo acuerdo y se cumplen ciertos requisitos, que explicaremos a continuación.

Una de las principales ventajas de este método para poner fin a un matrimonio es la rapidez en los trámites, siempre y cuando ambas partes estén de acuerdo en los términos del convenio regulador que regirá después del divorcio.

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Requisitos para el Divorcio ante Notario

Los requisitos necesarios para solicitar el divorcio ante Notario (según el artículo 82 del Código Civil por remisión del artículo 87) son los siguientes:

  1. Deben haber transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio.
  2. Es esencial que exista un acuerdo mutuo de los cónyuges para disolver el matrimonio.
  3. El convenio regulador debe expresar claramente la voluntad de los cónyuges de divorciarse y debe detallar las medidas que regularán los efectos posteriores al divorcio.
  4. No deben existir hijos menores no emancipados o con la capacidad modificada judicialmente que dependan de los progenitores. En caso contrario, el proceso de divorcio, incluso si es de mutuo acuerdo, deberá llevarse a cabo a través del órgano judicial.
  5. Si existen hijos mayores o menores emancipados, estos deben prestar su consentimiento ante el Notario con respecto a las medidas que les afecten, ya que carecen de ingresos propios y conviven en el domicilio familiar.
  6. Los cónyuges deben comparecer personalmente ante el Notario; no es posible su representación.
  7. La presencia de un Abogado es obligatoria, ya que asesorará a la pareja y también firmará la escritura de divorcio.
  8. El Notario competente será el del último domicilio común o el del domicilio o residencia habitual de cualquiera de los solicitantes (según el artículo 54 de la Ley del Notariado). En la misma localidad, los cónyuges podrán elegir al Notario de su preferencia.

Documentación Requerida para el Divorcio ante Notario

La documentación necesaria para llevar a cabo un divorcio ante Notario incluye:

  • Documento Nacional de Identidad de los cónyuges y de los hijos mayores de edad o menores emancipados que deben comparecer ante Notario.
  • Libro de familia para demostrar que no hay hijos menores de edad.
  • Certificado de inscripción del matrimonio en el Registro Civil.
  • Certificado de nacimiento de los hijos mayores de edad, si los hay, y del matrimonio si están casados.
  • Certificado de empadronamiento de los cónyuges.
  • Documento de identificación y acreditación como abogado colegiado del profesional que asesora a la pareja.
  • Convenio regulador, el cual debe ser redactado por el abogado contratado y reflejar los acuerdos alcanzados para regular los efectos del matrimonio, como la atribución del uso de la vivienda y otros asuntos similares.

Supervisión Notarial de los Acuerdos de los Cónyuges

En caso de que el Notario considere que algunos de los acuerdos alcanzados por los cónyuges podrían ser perjudiciales, especialmente para los hijos mayores de edad o menores emancipados, hará las advertencias necesarias y podría finalizar el procedimiento. En este caso, los cónyuges solo podrán recurrir al Juez para la aprobación del convenio regulador (según el Artículo 90.2 del Código Civil).

Pasos Posteriores a la Firma de la Escritura de Divorcio

Una vez firmada la escritura de divorcio ante Notario, se deben seguir estos pasos:

  1. Inscripción en el Registro Civil: El Notario debe remitir la escritura de divorcio a la Oficina General del Registro Civil, que procederá a la inscripción de manera inmediata (según el artículo 61 de la Ley de Registro Civil).
  2. Liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPyAJD): Si el convenio regulador no establece una distribución igualitaria de bienes, este impuesto debe liquidarse en un plazo de 30 días hábiles desde la firma de la escritura de divorcio.
  3. Inscripción de la Adjudicación de Bienes en el Registro: Los bienes atribuidos a cada cónyuge se inscribirán a su nombre en el Registro de la Propiedad correspondiente o el registro pertinente según la naturaleza de los bienes adjudicados.

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Abogaclic ofrece asesoramiento y servicios especializados en el divorcio ante Notario en España. Contáctanos para obtener ayuda profesional en esta importante etapa de tu vida.

Autor

Beatriz Corchado Rubio

Redactora en asuntos jurídicos

Editor

Ángel Martínez Arévalo

Abogado Mercantil

Preguntas frecuentes

En España, es necesario haber estado casado al menos durante tres meses antes de poder presentar una solicitud de divorcio.

En un divorcio de mutuo acuerdo, ambas partes están de acuerdo en poner fin al matrimonio y acuerdan los términos del divorcio, mientras que en un divorcio contencioso, no hay acuerdo entre las partes y el juez debe tomar decisiones sobre cuestiones como la custodia de los hijos y la distribución de bienes.

No siempre es obligatorio, pero es altamente recomendable. Un abogado puede brindar asesoramiento legal y ayudar a negociar acuerdos, mientras que un procurador es necesario para representar a una de las partes en el juicio. Tener asesoramiento legal puede garantizar que el proceso se realice de manera justa y equitativa.

La duración de un divorcio puede variar, pero en general, un divorcio de mutuo acuerdo tiende a ser más rápido, a menudo resolviéndose en unos pocos meses. En cambio, un divorcio contencioso puede llevar más tiempo, a menudo varios meses o incluso más de un año, dependiendo de la complejidad del caso.

En un divorcio, la custodia de los hijos se decide en función de su interés superior. Puede acordarse una custodia compartida o que uno de los padres tenga la custodia principal. Además, se establecen acuerdos sobre visitas y pensiones alimenticias para los hijos, según las necesidades de estos y las circunstancias de los padres.

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